ética de los cuidados

El principal objetivo de esta iniciativa es llevar la cultura ética de los cuidados a todas las residencias de mayores.
Edadismo: tipo de discriminación específica que consiste en tratar al otro de manera diferente solo por la edad que tiene.
Es frecuente hablar de la infantilización como una de las formas en las que el edadismo se manifiesta. Es un tipo de violencia psicológica que afecta al bienestar emocional de las personas mayores.
La manera de tratar al adulto mayor como si fuera un niño implica infravalorar sus capacidades físicas y mentales y su bagaje personal. Se favorece así una prematura pérdida de la independencia y autonomía, que puede dar lugar a diversas patologías de tipo psicológico, como pueden ser depresión, autoestima baja y percepción negativa de su autoconcepto (cómo creo que soy: alto, miedoso, paciente, nervioso, reflexivo…).
Otra forma de discriminar al adulto mayor por su edad es el paternalismo, que consiste en un ejercicio de poder sobre un sujeto orientado a evitarle daños. La RAE lo define como la tendencia a aplicar las formas de autoridad y protección propias del padre en la familia tradicional a relaciones sociales de otro tipo; políticas, laborales, etc.
El paternalismo es el modelo de cuidado tradicional. Se trata de un modelo obsoleto, ya que los cuidados deben girar en torno a la persona (modelo de atención centrada en la persona), además de tener en cuenta su dignidad. Bajo la estela del paternalismo, ser una persona mayor se convierte en sinónimo de ser menor de edad. La persona queda reducida a ser un sujeto pasivo, sin voz, incapacitado para la toma de decisiones relevantes para su propia vida.

Año: 2023

El objetivo de estas publicaciones, la primera de ellas centrada en la intimidad en las personas mayores, es trasladar la cultura ética de los cuidados a los centros residenciales.
El término “intimidad” proviene del vocablo latino “intimus” que significa “lo que está más adentro”. Los textos hipocráticos incluían el término de intimidad como una obligación del buen hacer médico y la ética profesional. Posteriormente el término de intimidad fue trasladado a los códigos deontológicos de todas las profesiones sanitarias hasta que en la segunda mitad del siglo XX la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Constitución española tratan a la intimidad como un derecho fundamental del ser humano. La confidencialidad es una manifestación del derecho a la intimidad.
La intimidad es el ámbito en que las personas gestionan el mundo de sus valores (religiosos, filosóficos, culturales, políticos, sexuales, económicos, etc..) y todo lo que tiene que ver directa o indirectamente con ellos. La intimidad tiene como objetivo garantizar y proteger la esfera íntima frente la acción, intromisión y conocimiento no deseado de otras personas sin consentimiento expreso del interesado.
En el ámbito sanitaria comprende:
Respeto a la intimidad física/corporal.
Derecho a la limitación y grabación mediante medios audiovisuales.
Derecho al acompañamiento y la intimidad en el espacio físico.
Derecho a la información confidencial.
Derecho a la intimidad decisoria en procesos de toma de decisiones.
Derecho a un tratamiento respetuoso a la personalidad individual.

Año: 2023
ética de los cuidados
Ir al contenido