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El objetivo de estas publicaciones, la primera de ellas centrada en la intimidad en las personas mayores, es trasladar la cultura ética de los cuidados a los centros residenciales.
El término “intimidad” proviene del vocablo latino “intimus” que significa “lo que está más adentro”. Los textos hipocráticos incluían el término de intimidad como una obligación del buen hacer médico y la ética profesional. Posteriormente el término de intimidad fue trasladado a los códigos deontológicos de todas las profesiones sanitarias hasta que en la segunda mitad del siglo XX la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Constitución española tratan a la intimidad como un derecho fundamental del ser humano. La confidencialidad es una manifestación del derecho a la intimidad.
La intimidad es el ámbito en que las personas gestionan el mundo de sus valores (religiosos, filosóficos, culturales, políticos, sexuales, económicos, etc..) y todo lo que tiene que ver directa o indirectamente con ellos. La intimidad tiene como objetivo garantizar y proteger la esfera íntima frente la acción, intromisión y conocimiento no deseado de otras personas sin consentimiento expreso del interesado.
En el ámbito sanitaria comprende:
Respeto a la intimidad física/corporal.
Derecho a la limitación y grabación mediante medios audiovisuales.
Derecho al acompañamiento y la intimidad en el espacio físico.
Derecho a la información confidencial.
Derecho a la intimidad decisoria en procesos de toma de decisiones.
Derecho a un tratamiento respetuoso a la personalidad individual.

Año: 2023
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